A medida que se aproxima el nuevo año, comenzarán a aplicarse nuevas disposiciones para el cálculo de la pensión de jubilación, entre ellas la ampliación de los periodos considerados para la base reguladora y la modificación del tratamiento de las lagunas de cotización. Asimismo, se prevé un incremento en las aportaciones al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) y en la cotización adicional de solidaridad. A partir del 1 de enero de 2026, se implementarán nuevos criterios para determinar la base reguladora de las pensiones de jubilación, además de aumentos en las cotizaciones correspondientes al MEI y a la contribución adicional de solidaridad.


NUEVAS NORMAS PARA CALCULAR LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN


Las modificaciones que afectan al cálculo de la pensión fueron introducidas mediante el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, que contiene medidas urgentes para reforzar los derechos de los pensionistas, reducir la brecha de género y garantizar la sostenibilidad del sistema público de pensiones. No obstante, sus efectos comenzarán a aplicarse a partir de enero de 2026. A continuación, se detallan los principales cambios.


  • -Ampliación del periodo de cálculo de la base reguladora: Hasta el 31 de diciembre de 2025, la cuantía de la pensión se calculaba tomando como referencia las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) anteriores a la jubilación. Con el nuevo método, se considerará un periodo de 348 meses consecutivos, de los cuales se tomarán las 324 bases de cotización más altas.
    Este nuevo sistema se implantará de forma progresiva, aumentando gradualmente el número de meses incluidos en el cálculo hasta alcanzar las 324 bases en el año 2037.
    Por ejemplo, durante el año 2026 se tomarán las 302 bases más elevadas de los 304 meses anteriores a la jubilación, es decir, se revisarán las cotizaciones de los últimos 25 años y 4 meses. Posteriormente, cada año se irán añadiendo meses al periodo de cálculo hasta llegar a los 27 años completos en 2037.
    El decreto también contempla un régimen transitorio, que permitirá aplicar el sistema anterior si resulta más ventajoso para el trabajador. De este modo, quienes se jubilen entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2039 podrán optar por el método más favorable, sea el antiguo o el nuevo.
  • -Cobertura de las lagunas de cotización: Desde el 1 de enero de 2026, se modifican las reglas para integrar los periodos sin cotización (lagunas), es decir, aquellos meses en los que el trabajador no estuvo obligado a cotizar.
    Si dentro del periodo considerado para el cálculo existieran hasta 48 meses sin cotización, estos se cubrirán con la base mínima vigente. Los meses a partir del número 49 se integrarán con el 50 % de dicha base mínima.
    Además, mientras la brecha de género en las pensiones contributivas supere el 5 %, se aplicará una medida especial para las trabajadoras: -Los meses del 49 al 60 sin cotización se integrarán con el 100 % de la base mínima. -Los meses del 61 al 84 se cubrirán con el 80 % de la base mínima.
    Este beneficio también se extenderá a los hombres con hijos biológicos o adoptados que presenten lagunas de cotización en torno al nacimiento o adopción.
    Aunque estas medidas buscan mejorar las pensiones futuras, también supondrán un mayor coste para la Seguridad Social, lo que justifica el aumento en las cuotas de cotización.

INCREMENTOS EN LAS COTIZACIONES SOCIALES


A partir del 1 de enero de 2026, se aplicarán los siguientes aumentos en las contribuciones sociales:


  • -Cotización al MEI::Pasará del 0,80 % actual (0,67 % a cargo de la empresa y 0,13 % del trabajador) al 0,90 %, distribuido en un 0,75 % para la empresa y un 0,15 % para el empleado.
  • -Cuota adicional de solidaridad: Se incrementará a un 1,15 % en el primer tramo, 1,25 % en el segundo y 1,46 % en el tercero. Puedes consultar en detalle cómo opera esta cuota en la normativa correspondiente.




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