El nuevo año, además de nuevos propósitos, nos trae la actualización o cambio de impuestos. Te contamos cuáles son los impuestos que han comenzado a aplicarse desde el 01-01-21.


IMPUESTOS EN 2021


Entre los cambios más destacables están:

  • -EL IMPUESTO DE SOCIEDADES: En los próximos ejercicios se realizará una redución de la exención al 100% al 95% por las plusvalías y dividendos generados por filiales en el exterior. No obstante, durante los próximos tres años las pumes con volúmenes inferiores a 40 millones podrán seguir aplicando la exención del 100%.

  • -CODIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS DE INVERSIÓN INMOBILIARIA: Se les aplicará el mismo porcentaje que al resto de sociedades. Por tanto, a las Socimis se les aplicará un 15% sobre los beneficios no distribuidos como dividendos a sus asociados.

  • -TIPOS DE IRPF: El tipo de IRPF aumenta dos puntos para las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, por lo que pasa del 45% al 47%. Para las rentas del capital que superen los 200.000€, el tipo aumentará tres puntos alcanzando el 26%.

  • -MATRICULACIÓN: El sector automovilístico es uno de los más afectados por la subida de la adaptación de la normativa de emisiones de la Unión Europea. Los coches tendrán que pagar hasta un 4,75% del precio de fábrica del vehículo en caso de que emita entre 144 y 192 gramos de CO2 por kilómetro recorrido.

  • -TASA TOBIN: La liquidación del nuevo impuesto sobre las transacciones financieras llegará algo más tarde. El próximo febrero de 2021 se liquidará el impuesto correspondiente a enero y, así, todos los meses sucesivamente.

De este modo, se gravará un 0,2% las operaciones de adquisición de acciones emitidas en España de empresas cotizadas cuya capacitación bursátil sea superior a 1.000 millones de euros. Sin embargo, quedarán exentas las compras de acciones de pymes y empresas no cotizadas.

  • -OTROS IMPUESTOS: Además de éstos, existen otros impuestos que se verán afectados a partir del 1 de enero de 2021 como los impuestos sobre las primas de seguro que se incrementará del 6% al 8%; o el IVA de las bebidas azucaradas que dejarán de aplicarse el IVA reducido para estar en el 21%


Desde Andrés Perea te recordamos que el Estatuto de los Trabajadores obliga a las empresas a publicar el calendario laboral cada año.

El contenido de esta publicación tiene fines informativos, por lo que, si deseas realizar cualquier actuación, te ofrecemos la oportunidad de ponerte en contacto con nuestro equipo de asesores laborales para poder llevar a cabo un asesoramiento totalmente personalizado.

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